DGi dijo que donaciones de fincas a FIP pagan 2 y 3...
Fecha de noticia: 25-Noviembre-2015
Por: Carlos Urbina
A principios de 2012, la DGi indicó a un contribuyente que en traspasos a una Fundación de Interés Privado se debe pagar el impuesto de transferencia de bienes inmuebles (ITBI).
El contribuyente preguntó la posición de la DGi sobre el pago de impuestos nacionales en las fundaciones de interés privado, específicamente el traspaso de bienes imbuebles por parte del fundador o del beneficiario. La ley que regula las fundaciones de interés privado contiene un artículo (27) que otorga exenciones generales a esta figura jurídica.
La DGi agregó que, en el caso de traspaso de inmuebles, sólo se exonera del 2% las transferencias por razón de la extinción de la fundación. Añadió que la ley ponía como prerequisito que la transferencia sea a favor de parientes en primer grado o el cónyuge del fundador.
Por último, la DGi indicó que las fundaciones, al hacer actividades mercantiles eventuales tendrán la obligación de pagar ISR y declarar rentas.
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